El establecimiento de limitaciones al uso de la “segunda residencia” (en núcleos costeros y del interior) por residentes no habituales en Lanzarote sería, en principio, posible, aunque requeriría una justificación bien elaborada en el marco constitucional europeo y español. Ello sería posible partiendo de la situación de agotamiento de la capacidad de carga integral de la Isla de Lanzarote, presumiendo el carácter proporcional y no discriminatorio de la medida.